sábado, 18 de octubre de 2008

Y ADIOS AL RECIBO DEL SEGURO


Tráfico dejará de multar por no llevar el recibo del seguro

P. M. MADRID
Primero fue el anuncio de la Dirección General de Tráfico de que se dejaría de multar a los automovilistas por no llevar las luces de repuesto en el coche, y ayer se conoció la decisión de que no se sancionará a los conductores que no lleven el recibo del seguro obligatorio. De esta forma, Tráfico pone punto final a dos de las infracciones que han costado decenas de miles de multas y que se han demostrado obsoletas con el paso del tiempo.

La DGT explicó que los agentes de tráfico comprobarán telemáticamente si los conductores a los que se les para tienen vigente el seguro obligatorio de responsabilidad civil. Hasta la entrada en vigor del nuevo Reglamento del Seguro, el pasado lunes, los conductores estaban obligados a llevar entre la documentación del vehículo el justificante de haber pagado la póliza.

Los agentes comprobarán la vigencia de ese documento consultando al Fichero Informativo de Vehículos Asegurados (FIVA). En caso de que no conste la existencia del seguro o no sea posible realizar la consulta, se solicitará al conductor el recibo o justificante del mismo para constatar que dicho seguro está en vigor. Si no se acredita, se le denunciará, si bien el implicado tendrá cinco días para presentar el justificante del pago del seguro obligatorio en la Jefatura de Tráfico. En caso contrario se procedería al precinto y depósito del vehículo.
En 2007 se tramitaron 160.000 denuncias por no llevar, en el momento que lo requería el agente, el justificante del pago del seguro. El importe era de 60 euros.
Baretta

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